SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2005-R
Fecha: 17-Mar-2005
a)
A su vez, el Fiscal co recurrido, señaló que: a) el hecho delictivo fue cometido a horas 9:00 p.m., del sábado 29 de enero de 2005, pero su autoridad tuvo conocimiento del caso a horas 11:00 p.m., de ese día; b) el imputado prestó su declaración el sábado por la tarde, de manera que legalmente se podía presentar la imputación hasta el lunes en la mañana; sin embargo, ese día todos los Fiscales estaban ocupados en procesos orales, y él se presentó en la Fiscalía para hacer la imputación porque a esa hora recién se recibieron los actuados; había una gran cantidad de gente por atender, además que existía interés de la familia para arreglar con la parte, llegándose a firmar un documento transaccional y deserción de la acción civil, lo que determinó que el Juez cautelar disponga la libertad con medidas sustitutivas. Por ese motivo no pudo faccionar la imputación, y recién lo hizo cuando llegó a su domicilio a horas 13:00, para presentarla después en la tarde, por lo que desde ese punto de vista el Secretario de Cámara codemandado no tuvo nada que ver en el asunto; c) se habla de una detención de cuatro a cinco horas, y que debería llamarse mas bien un compás de espera con el objeto de que se pueda arreglar con la parte civil del proceso; d) concluyó señalando que el imputado está libre y los antecedentes del caso están en el Juzgado, por lo que seguramente existió incumplimiento del término, pero no de deberes.
Finalmente, el Secretario de Cámara co recurrido indicó que su función es la de registrar y remitir al Juzgado correspondiente, la documentación que le presentan; en este caso, el Ministerio Público presentó la imputación contra el representado de la recurrente, a horas 16:30 del lunes 31 de enero de 2005 y no el 30 de enero como consta en el cargo de recepción, por cuanto, debido a una omisión del auxiliar de esa Sala, que olvidó cambiar el sello fechero mecánico, se registró erradamente el ingreso; prueba de ello, es que el día señalado “30 de enero” era domingo y ese día la Corte está cerrada porque no se trabaja. Finalizó señalando que el mismo día remitió el cuaderno procesal al Juzgado competente, toda vez que eso es lo que se hace, máxime si existen detenidos.