SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0238/2005-R
Fecha: 18-Mar-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a los derechos al debido proceso y a la defensa, consagrados en el art. 16 de la CPE, que considera fueron vulnerados, pues los recurridos emitieron el Auto Supremo 166 de 30 de julio de 2001, omitiendo su deber de saneamiento procesal, pues en el proceso social a que dio lugar la mencionada Resolución, la apelación a la Sentencia que le favorecía fue concedida aún habiendo sido presentada por persona con poder insuficiente, pues fue otorgado por quien ya no representaba a la entidad demandada, y carecía de formalidades imprescindibles, como la transcripción de las normas que otorgaban la representación a los poderdantes, por lo que considera que la Sentencia de primera instancia se encuentra ejecutoriada. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la empresa representada por la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.