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    AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2005-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2005-O

    Fecha: 25-Abr-2005

    2º      DISPONE

    2º      DISPONE que dicho Tribunal haga cumplir de inmediato lo dispuesto  Resolución 032/04SSA-I, de 4 de agosto de 2004, aprobada por SC 1716/2004-R, de 26 de octubre, bajo apercibimiento que de no hacerlo, se remitirán antecedentes al Ministerio Público por incurrir en las previsiones del art. 179 bis del Código penal, así como al Consejo de la Judicatura a los fines del art. 103 de la  LTC. 

    • I.1.
    • I.3.    El 5 de enero de 2005 (fs. 317),
    • I.4.
    • fue remitido a la Corte Suprema de Justicia el 5 de enero de 2005,
    • I.5.
    • y la decisión final que conceda el amparo serán ejecutadas inmediatamente y sin observación, aplicándose en caso de resistencia, lo dispuesto en el artículo anterior”.
    • II.2.
    • Sin embargo, los Vocales recurridos no dieron cumplimiento a esa orden,
    • inmediato
    • 2º      DISPONE

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