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    AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2005-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2005-O

    Fecha: 25-Abr-2005

    II.2.

    II.2.  En el caso ahora examinado, la Resolución que declaró procedente el amparo constitucional planteado por José Lemaitre Ipiña fue emitida en la audiencia del recurso realizada el 4 de agosto de 2004, debiendo ser obedecida inmediatamente en cuanto a la determinación de  emitir nuevo Auto de Vista porque el signado con el número 152/04 -impugnado en el recurso- fue anulado en esa decisión judicial.

    • I.1.
    • I.3.    El 5 de enero de 2005 (fs. 317),
    • I.4.
    • fue remitido a la Corte Suprema de Justicia el 5 de enero de 2005,
    • I.5.
    • y la decisión final que conceda el amparo serán ejecutadas inmediatamente y sin observación, aplicándose en caso de resistencia, lo dispuesto en el artículo anterior”.
    • II.2.
    • Sin embargo, los Vocales recurridos no dieron cumplimiento a esa orden,
    • inmediato
    • 2º      DISPONE

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