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    AUTO CONSTITUCIONAL 139/2005-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 139/2005-CA

    Fecha: 05-Abr-2005

    Fragmento 7

           Por Sentencias Constitucionales 035/2000 de 9 de junio de 2000 y 077/2000 de 19 de octubre de 2000 fue declarado constitucional el art. 49 de la LAPCAF, en todos sus parágrafos, norma impugnada a través del presente recurso, lo que inviabiliza cualquier nueva revisión de la disposición legal impugnada. 

    • Roberto J.C. Pierini De Paulis, Juez Octavo de Partido Ordinario en lo civil-Comercial de Santa Cruz,
    • art. 49 de la LAPCAF.
    • Fragmento 3
    • Fragmento 4
    • Fragmento 5
    • Fragmento 6
    • Fragmento 7
    • RECHAZA el recurso indirecto incidental

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