AUTO CONSTITUCIONAL 162/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 162/2005-CA

Fecha: 15-Abr-2005

I.1. Argumentos Jurídicos del recurso

          Los recurrentes mediante memorial de 8 de abril de 2005 cursante de Fs. 14 a 16, argumentan que la Resolución Extraordinaria 001/05 del Consejo Nacional del ministerio Público pronunciada por el Fiscal General de la República y los Fiscales de Distrito de Chuquisaca, Santa Cruz, La Paz, Beni, Cochabamba, Tarija, Pando y Oruro, viola los arts. 7 incisos a), d) g) e) i), o incisos a) y H), 196 parágrafo II y 124 de la Constitución Política del Estado (CPE), porque representa una constitucionalización del bloqueo de caminos al considerar el mismo, una exteriorización legítima de la protesta social que por sí mismo no constituye delito y se enmarca en los arts. 159  parágrafo II y 7 inc. h) de la  CPE.