Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0298/2005-R
Fecha: 05-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente sin señalar que derechos fundamentales solicita ser tutelados, denuncia que los recurridos le impiden el ejercicio de la concejalía, pues aceptaron la renuncia del Concejal titular al cargo de Alcalde en una sesión que no contaba con el quórum establecido, omitiendo el cumplimiento de normas constitucionales, legales y reglamentarias. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Juez de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.