SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0321/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0321/2005-R

Fecha: 08-Abr-2005

a)

El abogado de los recurrentes ratifica los términos del recurso planteado y añade: a)  como se acredita en obrados, con el recurrido hace tiempo atrás ya venían discutiendo problemas relativos a los linderos de sus propiedades que cuentan con sus documentos en los que se especifican sus límites y colindancias además de existir los mojones como puntos de referencia de años atrás; b) a  raíz de esos problemas surgen denuncias presentadas por el recurrido Mauro Paniagua Barriga contra el corecurrente Simeón Cuba Benavides por supuesto avasallamiento de terrenos, interviniendo funcionarios policiales de Okinawa y el Corregidor quienes verificando la documentación presentada por ambas partes establecen y así informan en sentido de que el avasallador de los terrenos es el ahora recurrido en perjuicio de Simeón Cuba Benavides, de quien no obstante estar restringida su propiedad, decidió otorgar servidumbre de paso al corecurrente Víctor Leonid Cardona, que tiene su propiedad detrás de la suya y que requiere de ese paso para sacar sus productos agrícolas como la caña de azúcar, y por ello realizó mejoras con maquinaria pesada, motivando que el recurrido se moleste y cierre indebidamente el paso no obstante de que no está en su propiedad, verificándose que se ha entrado 20 m. a los terrenos de Simeón Cuba Benavides arrancando el alambrado original y colocando el suyo, vulnerando de  esa manera los derechos que invocan en el recurso; c) la servidumbre de paso que otorgó a Víctor Leonid Cardona, si bien no ha sido legalmente constituida, sin embargo fue dada por solidaridad, el trámite se lo hará después.