SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2005-R

Fecha: 12-Abr-2005

II.2

II.2   Mediante “pre - cuenta” (sic.), válida hasta el 21 de febrero de 2005, elaborada por la administración de la clínica se establece que los gastos por servicios de atención médica alcanzan a la suma de Bs10.158,50.- (fs. 25). Al respecto la entidad aseguradora Adriática S.A., fue autorizada a proceder al pago y/o devolución de los gastos razonables y necesariamente incurridos en la atención médica del accidentado en un monto equivalente al 50% (fs. 21 a 22).