SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2005-R

Fecha: 12-Abr-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus declara improcedente el recurso interpuesto con los siguientes fundamentos: 1) la parte recurrida no es una persona particular por tratarse de una clínica policial dependiente de la Administración Pública; 2) Alfredo García Alcoba fue dado de alta y abandonó voluntariamente la Clínica el 4 de marzo de 2005, hecho no refutado por la parte recurrente ante su ausencia a la audiencia, actitud que implícitamente denota su consentimiento con lo aseverado; 3) no está demostrado que Alfredo García Alcoba se encuentre físicamente retenido en la Clínica ni privado de su libertad, ni que las autoridades administrativas hubiesen obrado de esa manera para conseguir que se cubra lo adeudado por el servicio médico prestado.