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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2005-R

    Fecha: 13-Abr-2005

    b)

    b) Bajo el criterio de que el actor endilga la comisión de delitos al recurrido, aquél puede accionar a través de una querella o acusación particular ante el Juez de Sentencia respecto a delitos de acción privada, y por medio de querella o denuncia ante el Ministerio Público con relación a los de acción pública.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • b)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • 17 de noviembre de 2003
    • APROBAR

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