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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2005-R

    Fecha: 15-Abr-2005

    improcedente

    De los fundamentos expuestos, este Tribunal Constitucional arriba a la firme convicción de que las supuestas lesiones al debido proceso no pueden ser consideradas por el presente recurso, pues no competen a su ámbito de protección, lo que hace inviable el presente recurso. Por consiguiente, el Tribunal de hábeas corpus, al haberlo declarado improcedente, ha dado una cabal aplicación del art. 18 CPE.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Fragmento 12
    • III.2
    • improcedente
    • APROBAR

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