Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0462/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que los recurridos le comunicaron mediante oficio de 24 de julio de 2004, que debía abandonar su puesto de venta de ropa y calzados hasta el 30 de dicho mes y año, y el 10 de septiembre de 2004 aleccionando a la muchedumbre lo despojaron de dicho puesto, vulnerando sus derechos al trabajo, a la libertad de locomoción y a formular peticiones. Corresponde, en revisión, analizar si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.