RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33.I inc. 1) de la LTC, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 90 de la Ley 1970, a instancia de Víctor Cruz Selaes.
