SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0485/2005-R
Fecha: 06-May-2005
a)
En el informe escrito que corre de fs. 94 a 96, el Juez recurrido sostiene lo siguiente: a) cuando el expediente llegó a su Despacho, hizo un prolijo análisis de todos los antecedentes procesales, advirtiendo la existencia de errores en la tramitación, razón por la que emitió el Auto de 1 de septiembre de 2004, en el que dispuso una nueva notificación con la Sentencia del juicio ejecutivo, en estricta aplicación de las normas legales y por un elemental principio de justicia; b) el citado Auto ha sido apelado por la recurrente y también por la parte ejecutada, alzadas que han sido concedidas, encontrándose pendientes de resolución; c) el amparo es un recurso subsidiario, por lo que el presente debe ser declarado improcedente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- el recurso de amparo se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio
- Fragmento 12
- 1) l
- III.2.
- APRUEBA