Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0485/2005-R
Fecha: 06-May-2005
improcedente
La Resolución de 5 de noviembre de 2004, cursante de fs. 107 a 109, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró improcedente el recurso, con costas, bajo el fundamento que la recurrente ha interpuesto recurso de apelación que se encuentra pendiente de resolución, por lo que es de aplicación lo dispuesto por el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- el recurso de amparo se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio
- Fragmento 12
- 1) l
- III.2.
- APRUEBA