Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0485/2005-R
Fecha: 06-May-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La actora arguye que el Juez recurrido, en el proceso ejecutivo que tiene instaurado, al haber anulado obrados hasta el estado de notificarse con la sentencia ha lesionado la garantía del debido proceso, por cuanto ya no tenía competencia para realizar ese actuado, al margen de no existir motivo legal para dicha anulación. Consecuentemente, en revisión, se debe analizar si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- el recurso de amparo se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio
- Fragmento 12
- 1) l
- III.2.
- APRUEBA