Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0504/2005-R
Fecha: 10-May-2005
II.3.
II.3. Ambas partes señalan que el 3 de febrero de 2005, los representados de la recurrente solicitaron la cesación de detención preventiva al amparo del art. 239.3 del CPP; petición que fue rechazada por los recurridos por Auto 10/2005 de 14 de febrero, sin cursar en antecedentes que la decisión haya sido apelada.