SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2005-R

Fecha: 13-May-2005

III.1.

III.1. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de manera reiterada ha dejado establecido que los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de hábeas corpus y amparo constitucionales; así en las SSCC 1326/2003-R, 1526/2002-R, 1016/2002-R, 1198/2003-R, 1005/2003-R, 26/2004-R, 732/2004-R, -entre otras-, ha señalado que “(…) un eventual incumplimiento de una Sentencia Constitucional emitida dentro de una acción tutelar (de amparo o hábeas corpus), no puede resolverse a través de la interposición de otro recurso constitucional. En efecto, al conocer y resolver casos análogos este Tribunal ha sostenido que 'en los casos de desobediencia a las resoluciones dictadas en recursos de hábeas corpus, así como en los de amparo constitucional, no corresponde la deducción de otro recurso extraordinario, sino que se debe acudir al Tribunal que conoció el recurso y que dio origen a la Sentencia, que será ante el cual se solicitará se haga cumplir el fallo constitucional y para el caso de resistencia o incumplimiento, pedir la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal de los demandados por la comisión del delito previsto en el art. 179-bis del Código Penal (CP)”, independientemente de las medidas que debe adoptar el Tribunal que conoció el recurso para asegurar el cumplimiento de su Sentencia conforme se ha establecido en los AACC 15/2004-O, 19/2003-O, entre otros.

En consecuencia, el presente amparo constitucional no es la vía para exigir coactivamente el cumplimiento de una Sentencia Constitucional emitida en una acción tutelar, pretender darle ese uso significaría negarle eficacia a los efectos de los fallos de la jurisdicción constitucional y generar un círculo vicioso que haría colapsar el sistema; y, por ende, daría lugar a la utilización insulsa tanto de recursos económicos como humanos.