Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2005-R
Fecha: 24-May-2005
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Segundina Machicado Vda. de Miranda en su condición de tercera interesada expresó que el recurrente no hizo mención del acto que denuncia al interponer el recurso de casación, menos solicitó la complementación o enmienda; además que la resolución impugnada fue dictada el 13 de abril de 2003, habiendo transcurrido más de 6 meses para la presentación del recurso de amparo, pretendiendo dilatar el proceso que se encuentra para el desapoderamiento y elaboración de mandamiento de condena.