SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2005-R
Fecha: 24-May-2005
III.2.
III.2. En la problemática planteada el recurrente pretende la nulidad del proceso penal seguido contra su representado, porque la Resolución 044/2003, que resolvió el recurso de apelación formulada de su parte fue dictada el domingo 13 de abril de 2003; sin embargo, de los antecedentes procesales cursantes en el expediente, se tiene que el 26 de abril de 2003, el mandante del actor interpuso recurso de nulidad y casación, sin hacer referencia a la fecha de emisión de la citada Resolución 044/2003, es decir sin efectuar ningún reclamo sobre el particular, recurso ordinario que constituye el medio legal idóneo para que dentro del proceso se reparen los derechos que se denuncian como supuestamente vulnerados; no pudiendo el recurrente pretender subsanar su negligencia mediante el presente amparo constitucional, dado que quien no impugna oportuna y puntualmente la supuesta lesión a sus derechos o garantías, no puede invocarla directamente en sede constitucional; pues el recurso procede única y exclusivamente cuando se han agotado los recursos y medios existentes para que la persona exija se respeten los derechos y garantías que estima lesionados, o cuando la ley no contempla ningún otro recurso o medio, o cuando existiendo esos medios, no le aseguren la inmediatez y eficacia necesaria en la protección frente a un inminente e irreparable daño, lo que no ocurre en la especie; en cuyo mérito, el presente recurso cae en la causal de improcedencia contenida en el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), dado que para que se active la protección que brinda el art. 19 de la CPE, es imprescindible que el recurrente hubiera invocado la lesión dentro del proceso, y que ésta no hubiera sido reparada por lo órganos jurisdiccionales ordinarios, a través de los recursos que dispensa la ley. Entendimiento asumido en las SSCC 593/2004-R y 1216/2004-R.