SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2005-R
Fecha: 24-May-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2004, cursante de fs. 19 a 22 vta., la recurrente Dora Beatriz Fernández Choque expresa que el 1 de febrero de 2004 fue designada en el cargo de Oficial Mayor Administrativo de la Alcaldía Municipal de Presto, y mediante memorando 02/2004, de 20 de octubre el Alcalde ahora recurrido prescindió de sus servicios. Ante ello, mediante nota pidió al recurrido su reincorporación, presentando el Certificado de atención prenatal 0004541 otorgado por la Caja Nacional de Salud el 26 de octubre de 2004, donde se evidencia los cinco meses que tiene de gestación y que constituye prueba plena para reclamar los derechos vulnerados en caso de despido de una mujer embarazada; carta que entregó con intervención notarial el 28 de octubre de 2004, que el recurrido se negó a firmar, suscribiendo en constancia el testigo que aparece al pie de la certificación.
Aclara que el 17 de septiembre de 2004, en nota dirigida al Alcalde recurrido cumplió en comunicar a la institución su estado de embarazo presentando certificado médico y el 20 de septiembre del mismo año, el recurrido le contestó indicándole que al encontrarse en estado de gestación gozará de las consideraciones que le faculta la ley para garantizar su derecho al seguro social. Posteriormente, no obstante haber recibido el 6 de octubre de 2004 una nota de felicitación por su desempeño, el Alcalde recurrido le hizo objeto de hostigamiento seguramente con la intención de designar en su puesto a un correligionario o pariente, atentando con su despido sus derechos y garantías constitucionales y ante todo la estabilidad laboral de la mujer embarazada protegida por la Ley 975 de 2 de mayo de 1988.