SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2005-R

Fecha: 31-May-2005

I.1.1.

En el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil, se están tramitando dos procesos coactivos civiles en contra de su esposo Jorge Teodoro Abdala Llanos seguidos por el Banco de Crédito de Bolivia S.A., que confesó en las demandas presentadas, que los bienes otorgados en garantía hipotecaria son también de su propiedad como consta en los títulos base de las acciones coactivas; empero, al haberse formulado las acciones únicamente en contra de su cónyuge, pidiéndose el embargo y remate de los bienes de los que es copropietaria sin que a ella se la hubiera citado con la demanda ni notificado con la Sentencia, tales procesos están sustanciándose a sus espaldas y con violación de sus derechos, y pretendiéndose rematar los bienes sin que ella hubiera tenido oportunidad de asumir defensa en resguardo de su patrimonio.

En ese sentido, la jurisprudencia constitucional (SSCC 0136/2003 y 505/01-R, entre otras) ha determinado que cuando se persigue el remate de bienes que pertenecen a otras personas, sean estos garantes hipotecarios o copropietarios, debe demandárseles indispensablemente para que puedan asumir defensa, habiéndose dispuesto que cuando no se demanda  ni se sigue proceso contra ellos el proceso es nulo; por lo que pide amparo al no existir ningún otro medio o recurso que pueda proteger en forma inmediata sus derechos, considerando el inminente riesgo de que se pueda proceder al remate de los bienes de los que es copropietaria, y en el entendido de que no puede haber ejecutoria ni cosa juzgada sobre la base de violación de derechos y garantías  constitucionales.