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    AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2005-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2005-RCA

    Fecha: 03-Jun-2005

    Fragmento 3

    Por Auto de 7 de abril de 2005, (fs. 10), la Sala Civil Primera, ordenó que el recurrente previamente a la admisión del recurso dé cumplimiento a lo establecido en el art. 97 en sus numerales V y VI, y la jurisprudencia vinculante de la Ley del Tribunal Constitucional, referida a la notificación a los terceros interesados, en cuanto a:

    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • Fragmento 3
    • 4.-
    • II.1.  Importancia de los requisitos de admisión del recurso de amparo.-
    • 1.
    • II.3.1.
    • II.3.2.
    • II.3.3.
    • Fragmento 10

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