APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31-num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I, num. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución de 7 de junio, pronunciada por la Jueza de Instrucción 5º en lo Civil - Comercial de la Capital, en suplencia legal del Juzgado de Instrucción 4º en lo Civil - Comercial, mediante la cual rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteada por Teresa Oliva Arias demandando la inconstitucionalidad del art. 13 del Reglamento de Martilleros Judiciales Acuerdo 233/2004 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura.
