SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0713/2005-R
Fecha: 28-Jun-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan tutela a su derecho a la propiedad privada consagrado en los arts. 7 inc. i) y 22 de la CPE, denunciando que habría sido vulnerado por las autoridades recurridas, puesto que Alcaldía Municipal de Cochabamba conjuntamente con personeros de la OTB de la zona de Linde, ingresaron a ocupar un terreno de su propiedad ubicado en el barrio Colquiri, para instalar un parque de juegos recreativos, sin que hubiesen sido notificados con ningún trámite de expropiación del predio mencionado, ni mucho menos citados con demanda alguna de declaratoria de necesidad y utilidad pública, ingresando directamente a introducir mejoras como el colocado de alumbrado público, bancos, construcción de una cancha multifuncional y plantas ornamentales, pese a que sus personas reclamaron oportunamente dichas arbitrariedades, recibiendo como respuesta de los personeros de la Alcaldía Municipal que el citado predio se encontraba dentro del área verde de la zona del barrio Colquiri. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del mandante del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.