Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 030/2005-RCA
Fecha: 29-Jul-2005
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 16 de marzo de 2005, cursante de fs. 6 a 7, el recurrente manifiesta que los vocales recurridos dictaron el Auto de Vista S-080/2005 dentro del proceso ordinario seguido por el recurrente contra la Alcaldía Municipal de La Paz, sobre cumplimiento de obligación, Resolución que sólo lleva la firma de los vocales recurridos ignorando la Constitución Política del Estado y la Ley del Organización Judicial, dado que no se convocó a ningún conjuez en la dictación del Auto de Vista mencionado, en contravención de los arts. 29, 31, 33, 116.II, 228 de la Constitución Política del Estado (CPE); 5, 30, 92, 93 y 100 de la Ley de Organización Judicial (LOJ).