Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0758/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
II.3.
II.3. El 23 de septiembre de 2004, el recurrente solicitó se señale audiencia para el remate de los bienes embargados; la autoridad judicial, por decreto de 25 del mismo mes y año dispuso que con carácter previo se notifique al perito para que absuelva las observaciones efectuadas al avalúo por el demandado (fs. 9 y 10 vta).