SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2005- R
Fecha: 07-Jul-2005
III.2.
III.2. En el caso que se examina, de los antecedentes procesales remitidos a este Tribunal, dentro del proceso penal que se siguió al representado del recurrente René Guzmán Camacho, por el supuesto delito de estafa, se evidencia que el mismo tuvo conocimiento pleno del proceso penal instaurado en su contra, toda vez que de ellos se evidencia que durante la fase de investigación policial prestó su declaración informativa, sobre cuya base se pronunciaron el requerimiento en conclusiones y la Sentencia dictada por las autoridades recurridas, de ese modo si bien fue citado por edictos en el periodo de la instrucción y se le designó un defensor de oficio, que simplemente se apersonó e hizo acto de presencia renunciando a presentar pruebas testificales, no presentó conclusiones y no apeló contra la sentencia permitiendo su ejecutoria. Empero no cabe duda que el representado del recurrente no puede alegar estado de indefensión absoluta, dado que con anterioridad tuvo conocimiento de los hechos acusados por ello prestó su declaración informativa, por consiguiente en el sentido de lo previsto por el art. 16.IV de la CPE, no puede acudir a éste recurso alegando que no ha sido juzgado en proceso legal que se ha vulnerado su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso extremos que no han sido debidamente probados, pues nada le impidió para asumir su defensa dentro del proceso haciendo uso de los recursos que la ley a previsto en igualdad de condiciones a las partes en proceso.