SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2005-R

Fecha: 13-Jul-2005

improcedente

La Resolución  04/05, dictada por el  Juez Quinto de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, cursante de fs.100 a 103, declaró improcedente el recurso, de acuerdo a los siguientes fundamentos: 1) el representado de los  recurrentes fue citado legalmente en su domicilio para prestar su declaración informativa, dentro de la investigación iniciada por el Ministerio Público contra presuntos autores de la supuesta comisión de los delitos  de conducta antieconómica y otros, lo que fue de  su pleno conocimiento, por lo que en más de una oportunidad  pidió la suspensión  o no asistió a las audiencias  señaladas y ante sus reiteradas inconcurrencias se libró la orden de aprehensión conforme a lo previsto por el art. 9 de la CPE, 62 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP),  97 y 224 del CPP; 2) el sindicado no justificó legalmente su inasistencia, por lo que la actuación del Fiscal se encuentra enmarcada a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico del país, por lo tanto no ha incurrido en atentado y/o violación contra la libertad del recurrente.