SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0798/2005-R
Fecha: 18-Jul-2005
1)
A su turno el Abogado recurrido informó por escrito que cursa de fs. 68 a 69 en el que refiere que: 1) a solicitud telefónica de la mamá de Gabriela López Coimbra para que patrocine a su hija por haber sido víctima de un atraco se constituyó en dependencias de la PTJ, donde se percató que se trataba de una denuncia de robo y tentativa de violación así como de la presencia de Alexander Chávez Menacho con el que no tuvo roce ni conversación alguna; 2) el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal dispuso la detención preventiva del recurrente previas las formalidades de rigor determinación que fue apelada ante la Sala Penal Segunda que mantuvo firme e inalterable la Resolución del Juzgador cautelar; 3) rechaza las graves, dolosas y falsas acusaciones que el recurrente vierte sobre su persona, solicitando se remitan antecedentes ante el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados para el juzgamiento legal contra el abogado infractor que no tuvo en cuenta que el abogado es servidor de la justicia y que la esencia de su deber es defender a su cliente.
Por su parte el Director de la PTJ, por intermedio de su abogado manifestó: que la Policía procedió a la detención de Alexander Chávez Menacho por la comisión de una serie de delitos previo requerimiento de la fiscal Yolanda Aguilera, por lo que obró conforme a Ley, solicitó se declare improcedente el recurso.