SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2005-R

Fecha: 25-Jul-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 14 de diciembre de 2004 (fs. 16 a 18 vta.), el recurrente asevera que es comercializador de carne vacuna y porcina, con más de cinco años de antigüedad en un puesto de venta de abastecimiento de carne en el mercado “Simón Bolívar” del barrio “Virgen de Fátima”, el mismo que se encuentra equipado con máquinas de refrigeración y balanza, además de contar con licencia de funcionamiento, pagos tributarios correspondientes a patentes y otros, que fueron cancelados hasta la fecha.

Señala, que el 1 de diciembre de 2004 fue notificado con una carta fechada el 16 de noviembre del mismo año y remitida por el Intendente recurrido, en la que se le comunicó a restituir el puesto de venta a favor de Arturo Cari, concediéndole plazo hasta el 30 de noviembre de 2004 (fecha anterior a la entrega de la referida carta), orden de restitución fundada en un supuesto incumplimiento de un acta de aclaración.

Agrega, que ante ese acto ilegal, presentó un memorial el 2 de diciembre de 2004, sin embargo, como represalia a sus reclamos, la autoridad recurrida inicialmente, envió nota al Matadero Municipal para que se suspenda el faeneo de animales a favor de su persona, luego, dispuso el corte de energía eléctrica en el referido puesto de venta, ocasionando la descomposición de la carne contenida en el refrigerador y, finalmente, se procedió a colocar candado en la puerta de ingreso, impidiendo su ingreso al referido puesto de venta.

Refiere, que la restricción y supresión de los derechos constitucionales no puede hacer valer por la vía administrativa, porque el accionar del Intendente Municipal no ameritó resolución administrativa para que se abra dicha vía y corresponda la aplicación de los recursos jerárquico y de revocatoria, por lo que al no existir otro medio interpone el presente recurso.