Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2005-CDP
Fecha: 22-Ago-2005
ANULAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve ANULAR la Resolución de 31 de mayo de 2004, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, y en consecuencia, DISPONER que los miembros que constituyen esta Sala emitan una nueva Resolución sobre la base de los fundamentos del presente Auto Constitucional.