I.2. Respuesta al recurso
Consta en el legajo que si bien por providencia de 23 de julio de 2005, el Tribunal de la causa corrió en traslado a los acusadores con la solicitud para que se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, haciéndose referencia en la Resolución de 4 de agosto de 2005 que se dio respuesta al incidente por parte del querellante, no así del Ministerio Público, sin embargo no figura en el legajo la respuesta correspondiente.
