rechazando el incidente
El Tribunal de Sentencia Quinto del Distrito Judicial de La Paz pronunció la Resolución de 4 de agosto de 2005, rechazando el incidente con la siguiente fundamentación: a) en el proceso penal de referencia, la decisión no depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma procesal cuestionada, correspondiendo a los acusadores demostrar la existencia de los delitos por los que han formulado acusación, asumiendo la responsabilidad que conlleva el no probar una acusación; b) con los mismos argumentos, el incidentista interpuso recurso de amparo, el mismo que fue declarado improcedente, elevándose en revisión ante el Tribunal Constitucional.
