SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2005-R
Fecha: 04-Ago-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente denuncia que la parte demandada vulneró sus derechos a la vida, a la salud y a la dignidad consagrados por los arts. 7 inc. a) y 6.II de la CPE, puesto que no obstante que en el Juzgado Segundo de Instrucción de Familia, mediante acta de conciliación acordaron que se le entregaría las copias de las llaves de la cocina, baño y bomba de agua de la casa donde habita, toda vez que no se puede privar del elemento vital que es el agua, o del baño y la cocina que atentan contra la salud, el recurrido hizo caso omiso a dicha Resolución, es decir no respetó dicha acta de conciliación; razón por la cual acude al amparo, por ser la última instancia y por la inmediatez que le caracteriza; empero, en la audiencia de amparo, por el contrario, manifestó que las llaves que le entregaron ya no servían, puesto que los candados son cambiados constantemente. Corresponde considerar si en la especie es viable otorgar la tutela pretendida.