SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2005-R

Fecha: 04-Ago-2005

improcedente

              La Resolución de 30 de diciembre de 2004 cursante a fs. 52 y vta., declaró improcedente el recurso, con el argumento de que se evidencia que existen aseveraciones contradictorias de ambas partes,  por lo que al no contar con mayores elementos de juicio para determinar si se incurrió en la lesión de los derechos de la actora, corresponde asumir una “conducta jurisdiccional preventiva”(sic.), teniendo en consideración que existen derechos constitucionales vitales que se señalan como presuntamente vulnerados, toda vez que a ninguna persona se le puede privar de acceder a derechos naturales como son el derecho a la vida y a la salud, por lo que para el caso hipotético en que hubieran sido vulnerados dichos derechos, el recurrido debe abstenerse de realizar actos contrarios a la Constitución, sin que deba abstraerse que para el presente caso ha mediado conciliación ante el Juzgado de Familia, a instancia del recurrido.