SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0970/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0970/2005-R

Fecha: 18-Ago-2005

1)

El Juez Primero de Instrucción Mixto y Cautelar, en el informe escrito de fs. 5 y vta. señala: 1) la imputación formal fue presentada a su despacho a horas 11:45 del 14 de julio de 2005, habiendo señalado audiencia para determinar la situación procesal del imputado para el 15 de julio de 2005 a horas 10:30, es decir dentro de las veinticuatro horas; 2) la situación del recurrente fue resuelta dentro de plazo legal, determinándose su detención preventiva; 3) la orden de custodia dirigida al personero de la Policía Técnica Judicial (PTJ) de Sacaba, no implica orden de detención “ni mucho menos”, sino que es una orden para que se custodie al imputado hasta el día y hora de la audiencia de aplicación de medidas cautelares a fin de asegurar su presencia en ella, considerando la solicitud de detención preventiva del Ministerio Público y en atención a que el imputado fue conducido al Juzgado en calidad de aprehendido.