SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0991/2005-R
Fecha: 19-Ago-2005
i)
La Coordinadora General de la Dirección de Equidad de “Género Generación” informó alegando lo siguiente: i) con carácter previo interpone incidente de falta de personería, pues deben cumplirse los requisitos de forma; y ii) el recurrente no estuvo en ningún momento detenido en la Defensoría, ya que la misma no cuenta con ambientes adecuados, y saben que el recurrente está recluido por orden judicial legal. Con estos argumentos solicitó se declare improcedente el recurso.
El recurrido Gobernador de la cárcel de San Antonio informó indicando que la Gobernación bajo su mando, sólo se hace cargo para dar cumplimiento a lo dispuesto por las autoridades; y en cuanto al recurrente, existe una orden emanada de la Jueza Sexta de Instrucción Cautelar, a la que se dió cumplimiento el 20 de mayo del presente año.