Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2005-R
Fecha: 22-Ago-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se han vulnerado los derechos a la defensa y al debido proceso de su mandante, reconocidos por el art. 16 de la CPE, por cuanto el Gobierno Municipal de La Paz, de manera fraudulenta hizo aparecer una vista de cargo de 25 de julio de 2002, que nunca le fue notificada a su mandante, y, por otra parte, la Resolución Determinativa 860/2002, de 10 de junio de 2003, sin sustento legal y sin prueba alguna que la respalde. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.