II.2.2.
II.2.2. De la revisión del expediente, se constata que dentro del proceso ordinario de nulidad de la Resolución Municipal 240/92 de 8 de julio, por memorial presentado el 24 de marzo de 2005 Dionicia Sullcata de Torres solicitó al Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz que promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra aquella Resolución Municipal (fs. 5 a 7), y por decreto de 28 de marzo de 2005, esa autoridad judicial dispuso “Estése a los datos del proceso” (fs. 8); posteriormente, mediante escrito de 16 de junio de 2005, la incidentista reprodujo su solicitud ante el Tribunal de apelación (fs. 9), corriéndose en traslado a la parte demandada (fs. 10), y una vez respondida la solicitud formulada (fs. 17 a 19), el Tribunal de apelación pronunció la Resolución de 29 de agosto de 2005 rechazando la solicitud de referencia (fs. 20).
