II.2.3.
II.2.3. Por lo anotado, en el caso que se examina no se da la situación prevista por el art. 59 de la LTC, por cuanto la solicitud presentada para que se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucional es imprecisa e incongruente, dado que dentro del proceso ordinario en el que Dionicia Sullcata de Torrez demanda la nulidad de la Resolución Municipal 240/92, de 8 de julio, la propia actora solicita que se promueva recurso indirecto o incidental de la misma Resolución Municipal, no pudiendo admitirse la pretensión de que a través de este recurso se someta al control de constitucionalidad la Resolución cuya nulidad se ha demandado en el proceso ordinario principal, es decir que no es posible que tanto en el proceso ordinario de referencia como en el incidente de inconstitucionalidad, la demanda esté dirigida contra la misma Resolución Municipal, extremo que desvirtúa la naturaleza incidental de este recurso, que consiste en que la acción debe ser promovida como una cuestión accesoria dentro de un proceso judicial o administrativo, y consiguientemente, ese incidente debe dirigirse contra una Ley, Decreto o Resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona, y de la que depende la decisión a ser pronunciada dentro de un proceso judicial o administrativo, pero la solicitud para que se promueva este recurso no puede estar enfocada contra el objeto principal sometido a litigio; por tanto, en el caso de autos, para definir si se declara o no la nulidad de la Resolución Municipal 240/92, la decisión que asuma el Tribunal de apelación no depende ni está condicionada a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la citada Resolución Municipal 240/92, dependencia que constituye uno de los requisitos esenciales para hacer viable el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, conforme se desprende del contenido y alcances del art. 59 de la LTC, lo cual hace que el recurso carezca manifiestamente de fundamento jurídico constitucional que amerite un análisis de fondo sobre la problemática planteada, y se determine su rechazo.
