SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2005-R

Fecha: 05-Sep-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Fue citado para prestar su declaración informativa en las dependencias de la Policía Técnica Judicial (PTJ) de Bermejo, pero pese a no contar con abogado defensor porque no tuvo conocimiento del caso, la recurrida lo detuvo antes de que  prestara su declaración. Más tarde, a horas 17:30, se le nombró defensor de oficio y no obstante que se abstuvo de declarar, lo mantuvo detenido sin ninguna orden expresa y fundamentada, conforme lo determinan las normas previstas por los arts. 73 y 226 del Código de procedimiento penal (CPP); e ignorando que deben existir suficientes indicios de que sea autor y partícipe del delito, y que la pena de éste tenga un mínimo superior a dos años, pero en su caso, el supuesto delito de lesiones, del que se le acusa, tiene un mínimo legal de un año. Concluye indicando que con ese actuar la recurrida no sólo ha vulnerado los preceptos legales referidos, sino también el art. 9 de la CPE, pues no expidió en su contra una orden escrita, lo que vulnera también las normas previstas por los arts. 61 del CPP y 45 inc. 8) de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP).