Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1059/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.3.
II.3. Por Resolución de 30 de septiembre de 2003 (fs. 12 a 13), el Juez recurrido ratificó la orden de incautación y rechazó el incidente interpuesto por el actor por no haber reunido los requisitos exigidos por el art. 255 del CPP, con los siguientes fundamentos: a) el vehículo es motivo de investigación al haberse encontrado en su interior sustancias controladas; b) la devolución de un bien incautado no sólo exige la acreditación del derecho propietario debiendo justificarse también el origen de su compra. El 13 de octubre de 2003 (fs. 14-15) esta decisión fue apelada por el actor.