SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1059/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1059/2005-R

Fecha: 05-Sep-2005

II.7.

II.7.    El 12 de marzo de 2004 (fs. 32 y vta.), el recurrente reitero su pedido de devolución del vehículo bajo el argumento de que fue adquirido con un préstamo de dinero, petición que por Auto de 1 de abril de 2004 (fs. 34 a 36) dictado por el Juez recurrido fue rechazado con los siguientes fundamentos: El incidentista no acreditó el origen lícito del bien ya que presentó un documento privado de préstamo de dinero suscrito el 3 de enero de 1990 en un papel sellado con ocho años de antigüedad a la supuesta suscripción, además que el documento hubiera sido reconocido el 3 de enero de 1999 por un Juez de mínima cuantía, cuando esos funcionarios cesaron en sus funciones en 1993 y el reconocimiento de firmas pasó a competencia de los notarios de fe pública en 1997 como consecuencia de la Ley de abreviación procesal civil y de asistencia familiar, por lo que la documentación carece de validez legal, además de haberse rechazado el incidente con anterioridad.