SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con los siguientes argumentos: 1) no se tiene antecedente alguno que acredite que los recurrentes hubieran realizado gestión alguna ante el Poder Ejecutivo antes de interponer el recurso de amparo; 2) de acuerdo al principio de inmediatez, han transcurrido más de seis meses desde el 24 de junio de 2004, para los que quieran impulsar acciones como la presente, por omisión indebida en el que habría incurrido la autoridad recurrida para la elaboración del Reglamento que manda la Ley 2640.