Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1162/2005-R
Fecha: 26-Sep-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratifica la demanda interpuesta, señalando que el proceso ejecutivo a diferencia del proceso ordinario no persigue la declaración de derechos dudosos, que el documento quedó perjudicado por cuanto el acreedor, en el transcurso del tiempo, hizo que éste no tenga fuerza ejecutiva pues no hay documento alguno que exprese la voluntad de las partes en el sentido de que la entrega de 200 torillos entre grandes y chicos correspondería, en términos monetarios, a 250 de los torillos y/o novillos de dos años, lo que convierte la exigencia en una obligación en la que existe duda respecto de los derechos reclamados.