SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1187/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1187/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

II.3.

II.3. El Tribunal de amparo, mediante providencia de 19 de febrero de 2005, rechazó la solicitud con el argumento de que la notificación al tercero interesado no es esencial para la prosecución del recurso, por no estar prevista en la Constitución Política del Estado ni en la Ley del Tribunal Constitucional, al no ser parte del proceso, ordenando que se notifique a las partes para que pase a despacho la consideración de la admisión del recurso (fs. 147 vta.), fijándose mediante Resolución de 22 de febrero de 2005, audiencia de consideración del recurso para el 25 del mismo mes y año (fs. 149), la que fue llevada a cabo en esa fecha (fs. 174-175).