Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2006-ECA
Fecha: 12-Ene-2006
7)
7) Cuál el motivo legal para no haber considerado que el fallo de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, para declarar improcedente el recurso, fue el supuesto hecho de haber consentido expresa, libre y voluntariamente el acto ilegal de la convocatoria interna, y en la SC 0011/2006-R, se determinó que la actuación no fue de modo alguno libre, cuál el motivo para aprobar la Resolución de la Corte de amparo.