AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2006-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2006-ECA

Fecha: 12-Ene-2006

II.3.

         En relación a lo señalado por el impetrante en los apartados 1), 2),  3), 4), 5) y 6) de su memorial, es menester dejar claro que tales extremos hacen referencia al fondo de la problemática analizada y resuelta en la Sentencia cuya complementación y enmienda solicita, siendo los fundamentos de la misma completamente claros, de modo que no es necesaria complementación ni enmienda alguna al respecto.

En cuanto a lo sostenido en el apartado 7) de la solicitud, la SC 0011/2006-R es clara en el Fundamento Jurídico III.1 cuando explica los motivos por los que no era posible declarar la improcedencia por una supuesta existencia de acto consentido, como asumió la Corte de amparo; y, en los Fundamentos Jurídicos  III.2 y III.3 del mismo fallo, se exponen con precisión las razones jurídicas para denegar la tutela pretendida. Consecuentemente, se debe recordar que este Tribunal Constitucional puede aprobar la determinación asumida en la Resolución revisada, pero con un fundamento distinto, que es lo acontecido en la especie.

En lo que concierne a los apartados 8) y 9) del memorial de solicitud de complementación  referidos a si a medida cautelar de suspensión del examen interno que fue dispuesto en la convocatoria 01/2005 de 24 de mayo, se mantiene subsistente o se deja sin efecto, y cuál la determinación del Tribunal Constitucional para que la Fiscalía  General de la República y/o la Fiscalía del Distrito de Santa Cruz, asuma en este caso en relación a sus poderdantes, es necesario dejar claro que una vez declarada la legalidad de la Convocatoria, conforme se hizo en la Sentencia cuya complementación se pide, las medidas cautelares  carecen sustento alguno y deben dejarse sin efecto, en mérito de lo cual,  es atendible el pedido para que  los exámenes de los  representados sean recibidos. Similar criterio se asumió en el AC 0059/2005-ECA, de 22 de diciembre, en un caso análogo.